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INTERES GENERAL »   Bromatología y Juzgado de Faltas
SE PROCEDIO A LA CLAUSURA DE DOS PANIFICADORAS EN NUESTRA CIUDAD
En la mañana de ayer a primera hora, desde el Juzgado de Faltas y la Dirección de Bromatología de nuestra ciudad se procedió a la clausura por el término de tres dias, más una multa inicial de Mil pesos, de dos panificadoras de nuestra ciudad, luego del resultado de los análisis prácticados oportunamente en todas las panificadoras del Departamento.

Se trata de las panificadoras ubicadas en Esquiú y Arturo Gimenez y Arturo Gimenez y 20 de Agosto de nuestra ciudad.
De esta manera la Doctora Mabel Meriles, responsable de Bromatológia del municipio local expresó que ya se venía advirtiéndo a los propietarios a cerca de la no utilización de substancias prohibidas en la elaboración del pan, principalmente en la utilización de Bromatos y otros ingredientes indicados por la Organización Mundial de la Salud que expresamente indican su no utilización por tratarse de productos nocivos para la salud del consumidor, incluso en el caso del bromato el cual, de acuerdo a ensayos practicados en animales produce, en dosis elevadas, cáncer y otras enfermedades de alto riesgo.
A pesar de estas advertencias y luego de la obtención, meses pasados en todas las panificadoras de nuestro Departamento, dos de ellas arrojaron resultados positivos, de acuerdo al listado que obra en poder, tanto de Bromatología como del Juzgado de Faltas, por lo que, de acuerdo a los instructivos, se procedió a la clausura por el término de tres días, no pudiendo durante la clausura elaborar pan ni comercializar el mismo, además de la multa inicial de Mil pesos que debe hacerse efectiva durante los tres días que dura la clausura, indicó la Dra. Gladis Delgado de Chocobar, responsable del Juzgado de Faltas.
Por último cabe destacar que los pormenores del resultado de los análisis practicados en Buenos Aires y enviados desde nuestra provincia por lo complejo de los mismos, arrojaron una cantidad de 0,20 mg. por kilo de pan en un caso y 0,50 mg. por kilo en el otro de la substancia en cuestión, lo que constituye el delito por el cual se tomó esta medida preventiva en las dos panificadoras clausuradas.



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