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SINEP »   Por Sandra Díaz Amaral
¿Qué sabemos de la Carrera?
La carrera es un derecho de la planta permanente. En la Secretaría General (S.G.) y el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales (CNCPS), ese derecho no se cumple.

Para que la Administración garantice los derechos de los trabajadores consagrados en el Convenio Colectivo Sectorial SINEP, es preciso que primero esté aprobado el reencasillamiento que determina el nivel, grado y adicionales que teníamos al 30 de noviembre de 2008. Definido esto, se podrían tramitar las Bonificaciones 2008, porque deben ser ingresadas en un programa informático de la Gestión Pública que cruza los datos de la bonificación con los del reencasillamiento.

Para las promociones por el artículo 120 del SINEP, ya sea hasta el grado 10 como para los extraordinarios. En la Secretaría y el Consejo no se cumple con este requisito por falta de plata y decisión política.

En el momento que se puedan realizar las promociones que mencioné muchos cumpas quedarán por fuera del tope para hacer horas extras, excepto que surja una medida que resuelva este tema. Lo mismo pasará con la aplicación de los tramos.

Es importante destacar que hay muchas versiones sobre los tramos. Distintos porcentajes para el intermedio (grado 4 al 7) y el avanzado (a partir del grado 8), y una nueva versión que se podría destinar un porcentaje para el inicial (grado 0 al 3). Nada de esto está publicada en el Boletín Oficial.

Lo que sí es una realidad es que cada vez que ATE planteó en la Paritaria, en acta complementaria, que la asignación de los tramos debe ser automática tomando los grados obtenidos a la fecha, el otro gremio se retiró del recinto sin firmar.



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